Con fecha 18/11/2021 se ha abonado el 75% de la ayuda concedida. El 25% restante, se abona cuando se presente la justificación y sea aprobada.
Consideraciones a tener en cuenta para la justificación:
- El plazo para la presentación de la cuenta justificativa será como máximo de 1 mes desde la finalización del plazo para la ejecución de las acciones subvencionadas, fecha que se indica en la publicación de la ayuda concedida. Nos podemos encontrar en las siguientes situaciones:
Opción 1: cuando se ha publicado la resolución de aprobación de subvención, ya ha realizado la acción formativa. En este caso, ya se puede presentar la justificación (más abajo se indica qué documentos se deben aportar)
Opción 2: no se ha empezado o se está ejecutando la acción formativa cuando se publica la resolución de aprobación de subvención. En este caso, cuando finalice la acción formativa, es cuando tiene que justificar.
La justificación se realizará mediante la presentación en el Registro del Ayuntamiento de la siguiente documentación:
- Para la línea 1 y 2.
- Para la línea 3.
-En todos los casos, hay que presentar factura/s de los gastos subvencionados realizados y documentos probatorios del pago de la misma/s. Como documento de pago se admitirá:
La presentación de la documentación obligatoriamente debe realizarse mediante instancia, indicando JUSTIFICACIÓN AYUDA MEJORA EMPLEABILIDAD 2021:
Si tienes certificado digital, por la sede electrónica del Ayuntamiento. (Tramitación electrónica). https://ciudadalcala.sedelectronica.es/info.1
En el registro general del Ayuntamiento, de 9.00 a 13.00h . Previa cita.
En el registro del Centro San Francisco de Paula, de 11:00 a 13:00 h.
ANEXOS RESOLUCIÓN APROBACIÓN SUBVENCIÓN:
Anexo 2 Relación de personas beneficiarias definitivas para la Línea 1.pdf
Anexo 3 Relación de personas beneficiarias definitivas para la Línea 2.pdf
Anexo 4 Relación de personas beneficiarias definitivas para la Línea 3.pdf