
SUBVENCIONES PARA ACTIVIDADES EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES PARA CENTROS EDUCATIVOS, AMPAS Y ASOCIACIONES DE ESCOLARES
Suman un total de 12.000 euros para promocionar proyectos que fomenten la identidad alcalareña, la tolerancia, la igualdad o hábitos de vida sostenibles y saludables
Fecha: 19/02/2017
El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra invita a los centros educativos, las asociaciones de padres y madres de alumnos y las propias asociaciones de escolares a participar con sus proyectos concurriendo a la convocatoria de las subvenciones para actividades complementarias y extraescolares de este curso dotadas con un total de 12.000 euros.
Esta convocatoria de subvenciones a propuestas del Consejo Escolar premian las iniciativas que promuevan la identidad alcalareña (conocimiento patrimonial, natural, histórico, etc.), la consecución de valores coincidentes con otros proyectos municipales (como la coeducación o la inclusividad) además de fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, la aceptación de diversidad entre compañeros través de la tolerancia y la convivencia y otras iniciativas positivas como la conservación del medio ambiente, o los hábitos de vida sostenibles y/o saludables.
Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, siendo la Comisión de Actividades Educativas y Extraescolares del Consejo Escolar Municipal la que valore criterios como la calidad didáctica y viabilidad del proyecto, la posibilidad de implantación y continuidad del mismo y la temporalidad (mejor si la duración de la actividad de alarga durante todo el curso). También se tendrá en cuenta la colaboración entre centros educativos, el número de alumnos y alumnas participantes y el grado de participación de la comunidad educativa en la realización de las mismas.
El plazo para solicitar participar de esta convocatoria culmina el día 24 de febrero tras los 15 días naturales previstos tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. En la delegación de Educación y la web municipal se encuentra disponible la documentación que con los requisitos exigibles han de presentarse en el registro municipal.
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