
El Ayuntamiento de Alcalá congela los principales impuestos municipales para 2024
Se mantienen igual el IBI, el IAE y el “sellito” y se crean bonificaciones para los hogares con sistemas de aprovechamiento de la energía solar
Fecha: 25/10/2023
El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra llevará al próximo pleno la aprobación de las ordenanzas fiscales para el año 2024 en las que destaca la congelación de tasas e impuestos para el próximo ejercicio, además de incluir novedades y bonificaciones para incentivar por un lado las energías renovables y por otro la dinamización del mercado de la vivienda.
Se mantienen igual impuestos como el IBI, el IAE, el Impuesto de Vehículos (“sellito”), y tasas como las del uso de instalaciones deportivas, las licencias urbanísticas, la utilización del dominio público, o las tasas matrimoniales y las de tenencia de animales, entre otros. El Equipo de Gobierno apuesta por no repercutir en el ciudadano la subida generalizada de costes debido a la inflación a los que tendrán que hacer frente las administraciones locales en el próximo ejercicio fiscal.
Una de las novedades más interesantes del nuevo texto se centra en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles para el que se reconoce el derecho a una bonificación del 25% en la cuota íntegra del impuesto para las viviendas, cuyo uso sea residencial, en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la energía proveniente del sol para el autoconsumo.
Paralelamente, la propuesta recoge el recargo en el IBI para inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, y que pertenezcan a propietarios con cuatro o más inmuebles, siguiendo la normativa vigente. Es una medida que sólo afectará a los grandes tenedores de viviendas. El objetivo es impulsar la reactivación del mercado inmobiliario y/o el parque de viviendas en alquiler para fomentar el mejor acceso a las necesidades de vivienda de la población, junto con otras medidas desarrolladas desde Urbanismo y Vivienda para hacer crecer el mercado inmobiliario en beneficio de la ciudadanía y la economía local.
En cuanto a las actividades económicas que deben pagar tasas de basura, se busca una mejor distribución de la carga tributaria y la justicia fiscal de forma que sea determinante el factor de la superficie de los locales a la hora de establecer la tasa a abonar, entendiendo que la superficie determina la potencialidad de generación de residuos. Se establecerán igualmente dos periodos de pago semestrales con la finalidad de facilitar la liquidación del impuesto.
Son precisamente la tasa de basura de actividades económicas, junto al ICIO, los epígrafes que registran diferencias con respecto al presente año, en ambos casos para reflejar la realidad de los costes y los mercados en la actualidad y, en el caso de la basura, seguir además la legislación vigente que refleje el aumento de los gastos de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de residuos conforme a los preceptos de concienciación, energía y sostenibilidad. Por otro lado, se elimina la tasa de expedición de documentos porque pasa a regularse en una ordenanza independiente, aunque no se modifican las cuotas tributarias.
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